El Área de Urbanismo y Equipamientos del Ayuntamiento de Zaragoza firmó el día 22 de septiembre 2022 un convenio de colaboración con el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja y otros tres colegios: los de Graduados en Ingeniería e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón; Arquitectos de Aragón y el de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Zaragoza.
Los colegios profesionales prestarán servicios de comprobación técnica y cumplimiento de la normativa aplicable en diferentes tipos de trámites urbanísticos.
En principio los tipos de tramites a los que se aplica este convenio son: Comunicaciones previas de aperturas (X546 y T546), declaraciones responsables urbanísticas y de apertura (X414 y T414) y obra mayor de reforma (X406 y T406).
El objetivo principal de este convenio es la sustitución del informe técnico municipal por el informe sustantivo de idoneidad y calidad documental, por lo que el Ayuntamiento presumirá completa y válida la documentación técnica que contenga este informe positivo.
Una vez realizado el informe por parte del Colegio y tramitada la solicitud en la web municipal, el cliente puede empezar las obras, si las hay, o poner en marcha el negocio al día siguiente.
El consistorio realizará inspecciones de manera aleatoria a un 5% de las solicitudes de licencias que hayan sido concedidas a través de los informes sustantivos de idoneidad y calidad documental.
Ya no se realizará otra revisión técnica por parte de los funcionarios municipales: es la novedad y el gran paso adelante.
Previamente a la firma del convenio se han realizado múltiples reuniones entre los técnicos municipales y los técnicos de todos los Colegios profesionales involucrados para generar una guía de contenidos de proyectos cuya versión inicial puedes consultar aquí:
- Guía LICENCIA URBANÍSTICA Y DE APERTURA
- Guía COMUNICACIÓN APERTURA (ACT. NO CLASIFICADA) MODELO A1 – A2
- Guía COMUNICACIÓN APERTURA (ACT. NO CLASIFICADA) MODELO A3
El coste del informe de sustantivo se deducirá de las tasas urbanísticas corresndientes por lo que no supone ningún coste para el cliente, yéste es asumido por el Ayuntamiento de Zaragoza.
Es una oportunidad única para los Colegios profesionales porque permite acercarlos más a la ciudadanía y se pone en marcha un proyecto con vocación muy clara de colaboración público-privada”.
Este convenio ya es de aplicación y está disponible para los ciudadanos. Los usos a los que resultará de aplicación este convenio son:
- Uso comercial hasta 500 m2.
- Uso administrativo hasta 2.000 m2.
- Usos sanitarios asimilables a consultas que no precisen licencia de actividad: consultas podológicas, estéticas, etc.
- Usos de enseñanza no reglada: academias de idiomas, oposiciones, etc.
- Peluquerías, saunas, barberías, institutos de belleza.
- Actividades industriales descritas en el apartado b) del anexo V de la ley de prevención y Protección ambiental de Aragón.
- Actividades de almacenamiento de superficie construida inferior a 500 m2.
- Puntos de recarga eléctrica al amparo del Real Decreto Ley 29/2021.
- Actuaciones en viviendas y en edificios que no supongan una rehabilitación integral.
Los trámites que el Ayuntamiento ha excluido del ámbito de aplicación del actual Convenio son las actividades clasificadas, usos de hostelería y declaraciones responsables que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico. Se pretende seguir trabajando para aumentar el número de casos a las se aplique este informe en el futuro.
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